Guía
Licencia No Remunerada
También denominada licencia ordinaria. Información clave para la solicitud, concesión y reintegro al servicio.
Dirigido a: empleados que requieran separarse transitoriamente del ejercicio de su cargo por solicitud propia.
¿Qué es?
Un empleado se encuentra en licencia ordinaria cuando, por solicitud propia, se separa transitoriamente del ejercicio de su cargo.
- Es una situación administrativa temporal.
- Se concede sin remuneración.
- Debe tramitarse mediante solicitud escrita.
- Requiere acto administrativo que la autorice.
Duración
De acuerdo con los artículos 60, 61 y 62 del Decreto 1950 de 1973, la licencia podrá concederse hasta por:
60 días al añoContinuos o discontinuos.
30 días másPrórroga por justa causa, a juicio de la autoridad competente.
Cuando no obedezca a fuerza mayor o caso fortuito, la autoridad competente decidirá su oportunidad según las necesidades del servicio.
Tiempo de servicio y reintegro
El tiempo de licencia ordinaria y de su prórroga no es computable para ningún efecto como tiempo de servicio.
ReintegroAl vencimiento de la licencia o prórroga, el empleado debe reincorporarse a sus funciones.
IncumplimientoSi no reasume sus funciones, podrá incurrir en abandono del cargo.
Recomendación final
Antes de solicitar la licencia, verifique los tiempos, soportes y necesidades del servicio, para que el trámite se realice de manera clara y oportuna.
| Aspecto | Recomendación |
|---|
| Solicitud | Presentarla por escrito y con soportes. |
| Tiempo | No exceder los días autorizados. |
| Reintegro | Retornar al cargo al finalizar la licencia. |
Oficina de Gestión del Talento Humano
Universidad de Pamplona